Código Deontológico
Asumo el código deontológico de ICF (Internacional Coaching Federation) que reflejo a continuación:
- Me comportaré de manera que honre el coaching como profesión y me abstendré de realizar cualquier acto que pueda perjudicar la comprensión o el reconocimiento del coaching como tal.
- Especificaré de manera detallada mi capacidad como coach sin sobreestimar mi formación y mi experiencia como tal.
- Me aseguraré que mi cliente entiende la naturaleza del coaching, así como las cláusulas del acuerdo de coaching existente entre nosotros.
- No daré intencionadamente ideas equivocadas ni crearé falsas expectativas sobre los resultados que mi cliente pueda observar a través del proceso de coaching o a través de mis servicios como coach.
- Respetaré la confidencialidad de la información facilitada por mi cliente a no ser que éste autorice lo contrario o que sea requerido por ley.
- Obtendré autorización expresa de cada uno de mis clientes antes de revelar sus nombres como clientes o referencias de otro tipo de información que los identifique como tales.
- Identificaré el momento en que mi cliente deje de beneficiarse de nuestra relación de coaching o pueda recibir mejor ayuda a través de otro coach o de otros recursos y en este caso animaré al cliente a realizar este cambio.
- Intentaré evitar conflictos entre mis intereses y aquellos de mis clientes.
- En caso de existir conflicto de intereses lo expondré abiertamente y discutiré con mi cliente como resolverlo de manera que mejor le beneficie.
- Revelaré a mi cliente cualquier compensación que pueda recibir de terceras partes por referencias o consejos en relación con el cliente.
- Respetaré los acuerdos que realice en mis relaciones de coaching y construiré acuerdos claros que pueden incluir informes confidenciales o de progreso. Toda persona involucrada en el proceso de coaching, antes de revelar cualquier información, tendrá que obtener el expreso consentimiento de la persona que recibe el coaching.

